Este nuevo sistema de tarificación se ha establecido a partir del 1 de enero de 2007 en el Real Decreto 1634/2006 de 29 de Diciembre de 2006.
Novedades en las tarifas
La primera gran novedad la encontramos en una nueva estructura tarifaria hasta 15kW; se sustituyen las tarifas 1.0 y 2.0 con discriminación horaria nocturna por las siguientes nuevas tarifas, en función de la potencia contratada:
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• 1.0: Menor de 1kW
• 2.0.1: Entre 1 kW y 2,5 kW
• 2.0.2: Entre 2,5 kW y 5 kW
• 2.0.3: Entre 5 kW y 10 kW
• 3.0.1: Entre 10 kW y 15 kW
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A diferencia de la situación anterior (el precio del kWh consumido era el mismo independientemente de la potencia contratada), en este nuevo escenario tanto el precio del término de potencia como el de energía es mayor según se aumenta la potencia contratada, siguiendo los tramos arriba señalados.
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A estas nuevas tarifas ya no le son de aplicación las discriminaciones horarias tipos 0,1, 2, 3, 4 y 5 (siguen siendo de aplicación para tarifas con potencia superior a 15 kW).
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A partir de ahora sólo se les puede aplicar un complemento por discriminación horaria que divide el día en dos periodos:
• Periodo Punta: 10 horas al día: de 12:00 a 22:00 en verano y de 11:00 a 21:00 en invierno;
• Periodo Valle: 14 horas al día, el resto de horas.
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Lo que se intenta con esto es “aplanar” la curva de demanda eléctrica, desviando los consumos a otros horarios.
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En cualquier caso, para estos suministros la potencia a contratar será la máxima potencia prevista a demandar considerando tanto las horas punta como las horas valle. Antes, la potencia a contratar era la que se usaba de día, y por la noche la limitación era la de la propia instalación.
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Los suministros que tuvieran la tarifa 2.0 con discriminación horaria nocturna, pueden seguir acogidos a esta tarifa, con los mismos horarios y los mismos precios (revisados). Aparece una importante diferencia: también la potencia a contratar será la máxima prevista a demandar. Sin embargo para las nuevas contrataciones, será obligatorio contratar la nueva doble tarifa.
Un punto favorable de la discriminación horaria, es que lejos de limitar el uso de acumuladores de calor eléctricos y de termos de agua caliente, favorece la mejora de sus prestaciones.
Además, los nuevos usuarios de la discriminación horaria se beneficiarán de descuentos en el precio del kWh valle, durante las 14 horas en las que cargan los acumuladores y termos y tendrán un recargo en el precio del kWh punta en las 10 horas restantes.
De igual modo, se penaliza la instalación excesiva de la potencia contratada y se mantiene la penalización por exceso de consumo.
Los usuarios tendrán que adaptar sus hábitos de consumo a las horas valle (“baratas”) si quieren que su recibo a final de mes le resulte lo más económico posible.
Dentro de lo que cabe, nos puede ser más cómodo incluso que la tarifa nocturna ya que podemos poner la lavadora a las 21:00 y no tener que esperar a las 23:00, por ejemplo.
Es cuestión de acostumbrarse.